Jesús Aranda
Foto: Notimex
La Jornada

19 de enero, 2016

El compositor Armando Manzanero no tiene la razón en la demanda que presentó contra una empresa trasnacional alimentaria, en la que alega que el tema de su autoría Contigo aprendí fue utilizado y mutilado sin su consentimiento para fondo musical.

De acuerdo con el proyecto elaborado por el ministro Jorge Pardo Rebolledo –el cual será discutido en fecha próxima por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)–, el autor yucateco no tiene razón para exigir la ampliación de sus derechos humanos pactados con la empresa a la que en 1967 cedió los derechos por la citada canción, porque se trata de un contrato civil.

En 2012, el compositor yucateco presentó una demanda contra la autorización que otorgó Emmi a la empresa Unilever para utilizar la melodía en comerciales de productos Knorr, argumentando que dicho acuerdo fue firmado sin su convencimiento y que la melodía había sido editada sin su permiso.

El ministro Pardo niega la razón al intérprete, quien buscaba que se aplicara en su favor la legislación que en materia de derecho de autor entró en vigor en 1996, así como que dejara de aplicarse la que estaba vigente en 1956, cuando cedió sus derechos por la pieza.

[h1]Cesión de derechos ilimitada[/h1]

La empresa demandada argumentó que el autor le cedió los derechos patrimoniales, sin reservarse ninguna facultad de explotación para su ejercicio personal o excluyente, por lo que quedó facultada para usar y explotar la pieza de cualquier forma y para ceder a terceros total o parcialmente la obra, sus modificaciones y adaptaciones.

La resolución de Pardo deja firma la resolución de un tribunal colegiado en el sentido de que no se actualiza la causa recisoria de la cesión de derechos, sin la expresa autorización del autor.

El proyecto rechaza la petición de Armando Manzanero de aplicar en su favor la norma que le otorgara mayor beneficio en materia de derechos humanos de propiedad intelectual, ya que aplicar una norma posterior para otorgar mayores derechos en protección de los derechos de autor, modificaría la voluntad que las partes plasmaron en el contrato, sin que exista una razón válida que permita declarar la ilicitud constitucional de dicha voluntad.


Lo más reciente

Aunque fluyen 100 mil mdd anuales por el tráfico de drogas, EU no indaga a sus bancos

Tesoro ha encontrado el mayor número de alertas de lavado de dinero vinculado con fentanilo: 95 de cada 100

La Jornada

Aunque fluyen 100 mil mdd anuales por el tráfico de drogas, EU no indaga a sus bancos

Acondicionan la entrada a Playa del Carmen con su nueva imagen

Locales adoptan el color arena para sus espacios públicos, evitando resaltar colores políticos o apartidistas

La Jornada Maya

Acondicionan la entrada a Playa del Carmen con su nueva imagen

Se accidentan voladores de Papantla mientras realizaban ritual tradicional en Veracruz

Cinco danzantes cayeron de una altura de más de 10 metros

La Jornada

Se accidentan voladores de Papantla mientras realizaban ritual tradicional en Veracruz

Mujeres luchan por sus derechos agrarios en Yucatan ante escasa presencia en ejidos: Burgos Cano

Realizan Jornada de Justicia Itinerante en Valladolid; titular de Semujeres llama a erradicar la discriminación en el sector

La Jornada Maya

Mujeres luchan por sus derechos agrarios en Yucatan ante escasa presencia en ejidos: Burgos Cano