Tras muertes por electrocutamiento, se reunirán Ayuntamiento de Campeche y CFE

Biby Karen Rabelo solicitará análisis de las condiciones reales de todos sus registros subterráneos
Foto: Facebook Alcaldía de Campeche

Tras el incidente donde dos personas perdieron la vida al tocar un registro energizado de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) con cablería de alta tensión subterránea, Biby Karen Rabelo de la Torre, presidenta de la Alcaldía de Campeche, afirmó que solicitaron audiencia con la superintendencia de la Comisión para atender el caso y pedir un análisis de las condiciones en las que están los registros de cablería subterránea para evitar incidentes en el futuro.

Han pasado ya tres días del incidente en la calle 14 del Centro Histórico donde dos personas perdieron la vida, hasta el momento ni el gobierno del estado o la Comisión han dado algún informe al respecto.

 

Leer: Tras fuerte lluvia fallecen dos personas por corto circuito subterráneo en registro de la CFE en Campeche

 

Quien ya habló del tema y pidió no politizarlo, fue Rabelo de la Torre, aclarando además que sería la única ocasión por respeto a las familias afectadas, y señaló que el registro en cuestión estaba bien sellado, en perfectas condiciones y no había un reporte en la dirección de Protección Civil Municipal, sino que aparentemente los vecinos notificaron directo a la Comisión.

“Lo ocurrido fue un accidente, y no podemos culpar a alguien de la situación, quizá lo más cercano sería responsabilizar a la comisión federal pues el registro pertenece a ellos, pero de un corto circuito por filtración de agua, son cosas que deberán atenderse ahora que solicitamos una audiencia con la superintendencia de la comisión en el estado, para que nos de un informe y además le solicitemos un análisis de todos sus registros subterráneos en la ciudad, además de pedirles atención a sus registros destapados”, aseguró la funcionaria.

También explicó que la intervención de Protección Civil municipal no puede ser directamente sobre el registro, en este entendido, dijo “no podemos destapar esos registros pues caeríamos en un delito y estaríamos violando el bando de buen gobierno, en el que nos limita ciertas acciones y nos da un espacio de responsabilidad en ciertos aspectos, en el caso de la CFE, no podemos intervenir porque nos ganamos una demanda”, aseguró.

Finalmente señaló que la audiencia ya está solicitada, y espera sea pronto para aclarar algunos detalles en cuestión de responsabilidad y atender los desperfectos que denuncian los ciudadanos día con día en redes sociales y a través de la dirección de Atención ciudadana.

 

El reglamento de Construcciones exige a propietarios mantener en buenas condiciones sus registros

De acuerdo al Reglamento de Construcciones para el municipio de Campeche, corresponde a los propietarios de las instalaciones subterráneas conservarlas en buenas condiciones y a efectuar las reparaciones correspondientes tal como transcribe el reglamento en el artículo 39, que señala textualmente “Se requiere autorización expresa de la dirección de Obra Pública y Desarrollo Urbano para construir instalaciones subterráneas, la dirección, al otorgar la autorización, señalará en cada caso las condiciones bajo las cuales lo concede”.

“Además los solicitantes están obligados a efectuar las reparaciones para restaurar o mejorar el estado original de la vía pública o el pago del importe de la reparación, cuando la dirección la realice”, continúa. 

Además en el artículo 50 del mismo reglamento, señala que “los propietarios de instalaciones estarán obligados a conservarlas en buenas condiciones, la responsabilidad del mantenimiento de los registros eléctricos subterráneos en el Centro Histórico de Campeche es del Gobierno Federal, a través de la Comisión Federal de Electricidad, de conformidad en los artículos 7 y 39 de la ley de la Industria Eléctrica”.

Artículo 7: Las actividades de la industria eléctrica son de jurisdicción federal. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales proveerán lo necesario para que no interrumpan dichas actividades.

Artículo 39: Los Transportistas y los Distribuidores podrán ejecutar en las calles, calzadas, jardines, plazas, y demás lugares públicos, los trabajos necesarios para la instalación, mantenimiento y retiro de las líneas aéreas y subterráneas y equipo destinado al servicio. Dichos trabajos deberán realizarse con las medidas de seguridad apropiadas y en forma tal que no se impida, a menos que sea inevitable, el uso público de los lugares mencionados.

Al término de dichas obras, el transportista o el distribuidor, según corresponda, hará las reparaciones correspondientes.

 

Edición: Laura Espejo


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