Cancelan eutanasia de Martha Liria Sepúlveda en Colombia

Iba a recibir la muerte digna el 10 de octubre; su hijo peleará por el derecho "hasta las últimas consecuencias"
Foto: Afp

En un video difundido por el medio de comunicación colombiano Noticias Caracol se notificó que el Instituto Colombiano del Dolor en Medellín (Incodol) canceló la eutanasia programada para Martha Liria Sepúlveda el 10 de octubre unas horas antes del procedimiento.

En dicho video, que puedes ver aquí, declaró Federico Redondo Sepúlveda, el hijo único de Martha Liria: "Para nosotros no deja de ser desconcertante que estos actuares irregulares por parte de la IPS hayan tenido lugar justo después de la viralización de la noticia de la decisión de mi mamá, esto porque antes no se nos había notificado de ninguno de esos procedimientos adicionales que se notificaron justo el viernes a las 8 de la noche".

Agregó que: “Aunque suene contradictorio, estaremos dispuestos a dar la pelea por la dignidad de mi mamá hasta las últimas consecuencias, ya que su decisión no ha cambiado en nada por ese acontecimiento". En el mismo video, Lucas Correa, abogado de la familia, detalló: “Tomaremos todas las acciones legales que estén a nuestra disposición, interpusimos una acción de tutela para que sea un juez de la república quien proteja sus derechos constitucionales, particularmente su derecho a la muerte digna.”.

Martha Liria Sepúlveda, quien hubiera sido la primera persona que no padece una enfermedad terminal en recibir la eutanasia, debido a las leyes que avalan la su aplicación para quienes decidan morir dignamente en Colombia, solicitó el procedimiento porque padece esclerosis lateral amiotrófica que le produce dolor muy intenso.

 

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A través de las redes sociales, se difundió un comunicado que emitió el IPS Incodol que señala que la decisión de cancelar a la eutanasia  “se basa en el numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y de Protección Social, que le asigna al Comité dentro de sus funciones el revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte el desarrollo del mismo”.

“Es por eso que, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”, termina el texto.

 

Foto: Captura de pantalla

 

En otro video difundido por Noticias Caracol, que puedes ver aquí, Fredy Quintero, gerente de IPS Incondol, respondió: “Todo paciente es susceptible de mejorar o de alguna manera hacer un cambio en su cuadro clínico, esto hace parte de los análisis que deben hacer el grupo de profesionales en toda la evolución para tomar decisiones”. 

Declaración que indignó a Federico Redondo Sepúlveda: "Señor Fredy Quintero ¿De qué mejoría habla? Si en la cita a la que mi mamá se vio obligada a ir por exigencia de Incodol la conclusión de la especialista fue otra radicalmente distinta".

 

Foto: Captura de pantalla

 

Edición: Estefanía Cardeña


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