Virginia Occidental prohíbe el aborto por motivos de discapacidad

El gobernador Jim Justice promulgó una ley que restringe la interrupción del embarazo
Foto: Ap

El gobernador estadunidense republicano de Virginia Occidental, Jim Justice, promulgó una nueva ley que prohíbe a los padres buscar servicios de aborto porque creen que su hijo nacerá con una discapacidad.

En un tuit para conmemorar el Día Mundial del Síndrome de Down, Justice difundió fotos de su promulgación de la Ley de protección y educación del niño con discapacidad no nacido. Dijo que la ley le da “el merecido respeto a nuestra comunidad con síndrome de Down”.

Esta ley le prohíbe a las personas solicitar un aborto debido a que su hijo tendrá una discapacidad, excepto en caso de una emergencia médica o cuando el feto no sea “médicamente viable.”

Se trata de uno de los proyectos de ley más controvertidos aprobados durante la sesión legislativa de 2022. Sus partidarios dijeron que ayudará a proteger a las personas con discapacidad. Otros dicen que la propuesta es sólo otra herramienta para limitar aún más el acceso al aborto en Virginia Occidental, donde actualmente está prohibido después de las 20 semanas de embarazo.

Durante un debate de 90 minutos sobre el proyecto de ley en el último día de la sesión legislativa el 12 de marzo, el demócrata Evan Hansen dijo que éste no haría nada sustancial para ayudar a las personas con discapacidad ni a sus familias.

“Esto es un intento de utilizar a las personas con discapacidad como accesorios para una agenda antiaborto, algo que la comunidad de discapacitados no ha pedido, que yo sepa, y eso es sencillamente incorrecto”, dijo Hansen. “Crea una extralimitación del gobierno en las decisiones médicas personales y familiares”.

Si un médico infringe la ley podría ser sancionado con la suspensión o revocación de su licencia para ejercer la medicina.

La ley también requiere que los médicos le presenten al estado un reporte -sin los nombres de las pacientes- por cada aborto que realicen, y si “se ha detectado la presencia o presunta presencia de alguna discapacidad en el ser humano no nacido”.

Los reportes incluirían la fecha del aborto y el método utilizado, así como la confirmación de que el médico le preguntó a la paciente si decidió abortar porque el bebé podría tener una discapacidad. Estos informes deben presentarse en los 15 días posteriores a cada aborto.

 

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Edición Astrid Sánchez 


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