Claudia Herrera
Foto: Guillermo Sologuren
La Jornada Maya
Ciudad de México
Miércoles 25 de octubre, 2017
El Tribunal Electoral dio marcha atrás a las sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a cinco partidos políticos por la afiliación indebida de mil 551 ciudadanos al considerar que dicho asunto caducó.
Con ello se borraron multas por medio millón de pesos impuestas a los partidos Revolucionario Institucional --el que sumaba los montos más altos-- Verde Ecologista de México, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza.
En su sesión de hoy la Sala Superior determinó que “si la autoridad no realiza las respectivas actuaciones dentro de los plazos legales el proceso caduca con la consecuente anulación de lo actuado en el procedimiento”.
El problema, según la Sala Superior, es que las denuncias se radicaron desde el 8 de agosto del 2014, y la resolución reclamada se emitió el 8 de septiembre de 2017.
Sin debatir este punto, los cinco magistrados presentes --faltaron Mónica Soto y José Luis Vargas-- señalaron que la caducidad en el procedimiento ordinario sancionador opera en un plazo de dos años, contados a partir de que la autoridad competente tenga conocimiento de la denuncia respectiva o de los hechos que supuestamente violan la ley.
[b]Validan que el INE administre tiempos de partidos[/b]
En tanto, los magistrados validaron el acuerdo mediante el cual la mayoría de los partidos políticos cedieron sus tiempos en radio y televisión para la difusión de propaganda relacionada con los sismos en los estados de Chiapas, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Veracruz y Ciudad de México.
Los magistrados no le dieron la razón al PRI, que pidió que se declarara ilegal que el INE administrara dichos tiempos y no la Secretaría de Gobernación, dependencia que había pedido al instituto poder hacer uso de esa prerrogativa.
Señalaron que por ley al instituto le corresponde administrar dichos tiempos, que se usan para la difusión de promocionales partidistas.
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