Notimex
Foto: Alfredo Domínguez
La Jornada Maya
Ciudad de México
Domingo 24 de septiembre, 2017
En caso de afectación a la propiedad como consecuencia de los recientes sismos y no se cuente con los documentos comprobatorios, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano sugirió indicar si el inmueble está escriturado.
De hecho, precisó, se pueden recuperar las escrituras con el notario que realizó el trámite si éste fue hecho hace no más de cinco años como regla general; en caso de que haya transcurrido más tiempo se debe acudir al Archivo de Notarías o al Registro Público de la Propiedad de la localidad o estado.
Al presentarse, se debe contar con el nombre y número del notario ante el que se realizó, número y fecha del instrumento público, lo que facilitará la búsqueda.
En caso de que la propiedad esté hipotecada, el banco o la institución de vivienda contarán con esta información clave que permitirá recuperar la escritura correspondiente.
Es importante señalar que toda propiedad que cuente con un crédito hipotecario, está asegurada en caso de siniestros por pérdida total o parcial.
Además, las boletas prediales también son susceptibles de recuperación en las tesorerías u oficinas catastrales de la localidad donde se tramite.
Si la propiedad no está escriturada, se deberá acudir a un notario para que brinde asesoría sobre los pasos a seguir, ya que es posible apoyarse en el plano del padrón catastral, licencias de construcción y alineamientos de numeración para entablar un juicio que permitirá probar la propiedad del inmueble, así como otorgar y firmar la escritura.
Si la propiedad no sufrió daños, pero no se ha escriturado, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano aconseja regularizarla lo antes posible.
El primer paso es acudir con un notario para que éste compruebe aspectos básicos del inmueble, por ejemplo, a nombre de quién está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, que no exista un juicio sucesorio inconcluso, que la propiedad no tenga una hipoteca y tenga una situación fiscal regular.
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