César Arellano García
El Movimiento Cannábico Mexicano celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad que permite el cultivo y uso lúdico de la mariguana.
El día de hoy algunas personas celebraron la declaratoria a favor del uso lúdico de la mariguana a las afueras de la SCJN.
Además, el Movimiento Cannábico Mexicano anunció una convocatoria nacional para manifestarse tanto en marchas como en jardines púbicos para festejar la “victoria histórica de respeto absoluto al libre desarrollo de la personalidad”.
La movilización será el próximo sábado 3 de julio partiendo del Ángel de la Independencia. “Celebremos juntos el fin de 101 años de un aparato prohibicionista. Tod@s a la marcha del Orgullo Verde. Ganamos un Verano Verde”, dijo la organización no gubernamental en sus redes sociales.
Asimismo, posteó un texto de la Comunidad Cannábica de Baja California donde explica a rasgos generales de porque hoy es un día histórico para la defensa de los derechos humanos de las personas usuarias de cannabis.
“La declaratoria se limitará a los artículos en que persiste la inconstitucionalidad, esto es, en los artículos 235, último párrafo, y 247, último párrafo, de la Ley General de Salud, que establecen que las acciones relacionadas con esas sustancias, sólo podrán realizarse con fines médicos y científicos, para quitarle esa condicionante, y ampliarlo al uso lúdico”, señala el documento.
“En tanto que el Congreso de la Unión regula el cannabis, la Secretaría de Salud deberá autorizar las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC, con fines recreativos, respetando el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Deberá remitir esas autorizaciones solo a las personas adultas, y únicamente para la adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis y de THC”.
“La Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios) deberá establecer los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla, y tomar todas las medidas necesarias para tomar cauce al derecho de autoconsumo de cannabis, sin que ello implique la importación, comerciar, suministrar o cualquier otro acto que se refiera a la enajenación o distribución de cannabis y THC”.
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