César Arellano García
La Iglesia Católica exhortó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a que realice un análisis de calidad en materia de derechos humanos sobre la propuesta de despenalizar el aborto en los estados de Coahuila y Sinaloa.
Este lunes la SCJN debate un par de proyectos de sentencia sobre acciones de inconstitucionalidad que tienen que ver con la protección a la vida humana. Al respecto, el clero en su editorial del semanario Desde la Fe, se pronunció para que los ministros decidan en favor de todos los seres humanos, sin generar un retroceso mayúsculo por buscar dar gusto a las presiones de una “ideología de moda”.
“Esas ideologías ya existieron anteriormente e hicieron mucho daño a la humanidad, eliminando a diferentes 'tipos de seres humanos'”, indica el texto.
Recordó que uno tiene su origen en el estado de Coahuila, donde, de aprobarse el proyecto, en ese estado se podría abortar durante los nueve meses del embarazo, “generando una crisis de salud y de derechos humanos sin precedentes, ya que ni en los países en los que desde hace años se permite el aborto, esto es legal”.
Apuntó que en la argumentación de este proyecto se menciona que la protección del estado a la vida humana debe ser gradual, de acuerdo con el desarrollo del ser humano. “Esto representa un retroceso muy grave en materia de derechos humanos, pues no todos los seres humanos podrían recibir la misma protección de la ley; es decir, habría seres humanos de primera y de segunda clase”.
La otra acción de inconstitucionalidad, dijo tiene su origen en Sinaloa. En este caso, agregó, ministros estarán debatiendo si es correcto que la Constitución local proteja a los individuos desde su concepción, pues según el proyecto de sentencia, el Estado no puede proteger la vida que no es autónoma.
“Y todavía va más allá al señalar que la protección del Estado no es a la vida biológica, sino a la vida 'digna'. Esto sería también un precedente negro en materia de derechos humanos, pues los legisladores estarían limitados por ley a proteger sólo la vida autónoma”.
Reiteró que la SCJN debe garantizar la libre configuración de los estados de la República, y la única limitante existente es cuando una ley local va contra algún precepto constitucional o cuando sea violatoria de algún derecho humano. “En estos dos casos, los proyectos no pueden demostrar que se esté violando alguno de estos dos preceptos –el constitucional o el de derechos humanos-, por lo que recurren a la mención de falsos “derechos reproductivos” sin sustento, que incluyen al aborto como un servicio de planificación familiar”.
Edición: Mirna Abreu
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