Hidalgo, primera entidad de México en avalar el género no binario

Para el cambio de documentos no serán necesarias certificaciones médicas
Foto: Twitter: @senadisexprd

Con 27 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Congreso de Hidalgo modificó la Ley para la Familia y la Ley Orgánica Municipal para reconocer legalmente a las personas no binarias, es decir, personas cuya autoconcepción de género no se enmarque en las categorías de masculino o femenino, para que tengan derecho al reconocimiento e inscripción de su género binario en las actas de nacimiento.

La reforma hecha por la LXV Legislatura también permitirá a personas transgénero realizar su rectificación de documentos en sus municipios de origen sin necesidad de trasladarse a la capital de esa entidad.

El dictamen avalado por la Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales, propuesto conjuntamente por los legisladores Miguel Ángel Martínez 'El Oso', del Partido de la Revolución Democrática (PRD), y Ángel Tenorio, de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), convirtió a Hidalgo en la primera entidad de México en reconocer legalmente a las personas no binarias.

Fue el pasado 17 de mayo, Día Internacional de Lucha contra la Homo, Lesbo, BI, Transfobia, cuando el diputado del PRD presentó una iniciativa de ley para reformar y adicionar el artículo 214 Ter de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo para reconocer plenamente los derechos de las personas no binarias.

En tribuna, el legislador perredista aseveró que la adecuación de actas de nacimiento en los registros públicos y de los documentos de identidad para que sean conformes con la identidad de género autopercibida, deben ser de carácter administrativo y estar basados únicamente en el consentimiento libre e informado del solicitante sin que se exijan certificaciones médicas, psicológicas u otros que puedan resultar irrazonables o patologizantes.

Agregó que dichos procedimientos deben ser confidenciales y los cambios o adecuaciones no deben reflejar la identidad de género anterior, deben ser expeditos y tender a la gratuidad, aunado a que no deben exigir la acreditación de operaciones quirúrgicas u hormonales.

"En tales circunstancias es que ha de darse un reconocimiento de la identidad de género de una persona, ya sea que se perciba dentro del denominado 'binarismo de género', o que incluso no corresponda a esa categoría, percibiéndose como persona no binaria".

Al fundamentar su iniciativa, los legisladores indicaron que las presidencias municipales del estado deben promover lo necesario para que oficiales y funcionarios del Registro del Estado Familiar desempeñen los servicios que les competen acorde con la Constitución Política local, asi como impulsar una armonización normativa en materia de derechos humanos.

Con estas reformas secundarias, Hidalgo avanza en la defensa de derechos de la diversidad sexual, específicamente de las personas trans, pues el pasado 25 de abril de 2019 se convirtió en la sexta entidad federativa en reconocer la identidad de género.

 

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Edición: Gustavo Marmolejo

 


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