Enrique Méndez y Fernando Camacho
Como se preveía, los señalamientos presentados por PAN, PRI y MC fueron desechados uno por uno por la mayoría del partido en el gobierno, cuyos legisladores propusieron tres reservas que sí fueron aceptadas.
La primera de ellas, presentada por Magdalena del Socorro Núñez (PT), estuvo relacionada con el uso de lenguaje inclusivo, para añadir en el Artículo 17 de la Constitución la palabra “juezas”, y no sólo “jueces”.
Una segunda reserva admitida fue la del diputado Jesús Cuanalo (PVEM) mediante el cual se modificó el segundo párrafo del artículo 101 constitucional, “con la intención de establecer que, para el caso de magistradas y magistrados de circuito, así como juezas y jueces de distrito, no se limite su derecho a ejercer la profesión en derecho fuera del circuito judicial de su adscripción al momento de dejar el cargo”.
El legislador verde dijo que actualmente las personas que hayan ocupado el cargo de ministros de la Suprema Corte de Justicia, magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial o magistrados de la Sala Superior y de salas regionales del Tribunal Electoral están impedidas de actuar como abogados en cualquier proceso ante el PJF, dentro de los dos años siguientes a su retiro, como mecanismo para preservar su imparcialidad y evitar el tráfico de influencias.
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