Nacimiento prematuro por violencia a embarazadas será considerado tentativa de feminicidio en Yucatán

La propuesta aprobada por el congreso del estado modifica el código penal para proteger a mujeres gestantes
Foto: Afp

Hoy, 11 de mayo, el Pleno del Congreso del Estado de Yucatán, aprobó por unanimidad modificaciones y reformas al Código Penal del Estado de Yucatán, para que el nacimiento prematuro de bebés como consecuencia de agresiones físicas contra la mujer, sea considerado tentativa de feminicidio, así como para incrementar las penas por violencia contra mujeres embarazadas.

La aprobación a la propuesta del Partido Revolucionario Institucional (PRI), a la cual se adhirieron las y los integrantes de la diputación, modifica el Código Penal del Estado de Yucatán en materia de protección a la mujer embarazada para que cuando la víctima de violencia familiar esté embarazada, el delito sea contemplado tentativa de feminicidio si el producto nace de forma prematura o tiene alteraciones a su salud (fueran temporales, permanentes o su muerte).

En estos casos, las penas podrían imponerse desde 10 hasta poco más de 30 años, lo cual podría incrementar si hay más delitos o agravantes.

Con estas reformas, también aumentaron los años de prisión para la violencia familiar contra las mujeres, quedando un mínimo de tres años y un máximo de ocho; si están embarazadas o en los seis meses posteriores al parto, la pena podrá incrementar hasta dos terceras partes, es decir, alrededor de cinco años más.

La diputada Karla Franco Blanco, representante del PRI, apuntó que el objetivo es “garantizar mejores condiciones de seguridad y elevar la sanción para quienes dañen y priven de la vida a una mujer”.

Resaltó que la Organización Mundial de la Salud (OMS), indica que 50 por ciento de las mujeres víctimas de violencia fueron golpeadas por primera vez durante su embarazo y tienen alto riesgo de ser víctimas de feminicidio.

“No podemos permanecer inertes ante estos hechos que causan indignación y repudio generalizado”, dijo.

Refirió que es por eso que, con las reformas, el fin es sancionar en vía de salvaguardar a las personas y su integridad; por lo que considera necesario que “la condición del embarazo de la víctima pueda acreditarse por las autoridades como una agresión por razones de género”.

 

Leer: Condiciones sociales dejan a madres sin protección: sicóloga

 

Edición: Laura Espejo


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