La Jornada Maya

SCJN respalda a comunidades mayas de Yucatán frente a granjas porcícolas

Es un precedente ante los megaproyectos que amenazan los derechos indígenas

SCJN respalda a comunidades mayas de Yucatán frente a granjas porcícolas
Foto: Rodrigo Díaz Guzmán

Con una resolución que respalda la posición de las comunidades mayas en contra de la norma que regula a las granjas porcícolas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sienta un precedente sobre el futuro del territorio y los derechos de las personas indígenas ante la posible instalación de proyectos de impacto ambiental en Yucatán. 

Este miércoles, el pleno de la SCJN discutió el amparo 451/2025 promovido por las comunidades mayas de Sitilpech, Kinchil y Chapab, quienes impugnaron la Norma Técnica Ambiental que regula las granjas porcícolas en Yucatán, al considerar que no toma en cuenta las voces de las personas que habitan en las inmediaciones de estos espacios al no realizar una consulta previa. 

El amparo señala que la falta de una consulta indígena previa a la emisión de esta norma, es una violación a un derecho constitucional obligatorio cuando se ejecutan medidas susceptibles de afectarles directamente. 

Esto debido a que las comunidades argumentaron que el crecimiento desmedido de las megagranjas genera alteraciones negativas en el entorno ecológico y en los recursos naturales de los territorios donde habitan.

El caso se agrava ya que se trata de comunidades indígenas, quienes deberían tener derecho a una consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, proceso reconocido en la Constitución y avalado por convenios internacionales que México ha firmado.  

La norma vigente que regulas las granjas porcícolas en Yucatán define la localización, construcción, operación y abandono de granjas porcinas y también las medidas para controlar y prevenir las alteraciones negativas, ocasionadas por las actividades productivas, pero fue diseñada sin las voces de las comunidades. 

La ministra Yasmin Esquivel, encargada de exponer el amparo, reconoció que las megagranjas sí tienen efectos en las comunidades cercanas y la aplicación de esta Norma Técnica, al autorizar nuevos centros de producción porcícola, regular la operación o desmantelamiento de los ya existentes, incide directamente en los pueblos donde se localizan. 

Por ello, determinó que esta norma sea revisada a fondo para estudiar el asunto. 

Esta resolución busca proteger a quienes habitan cerca de proyectos o actividades con posibles impactos ambientales para reconocer su interés legítimo de promover un juicio de amparo. 

“Cuando integrantes de pueblos indígenas reclaman la vulneración del derecho a la consulta previa, libre e informada no puede negárseles de inicio el acceso a la justicia, sino que el análisis debe realizarse con enfoque de derechos humanos y protección reforzada”, compartió la SCJN en un mensaje publicado en redes sociales. 

En resumen, el fallo reconoce que las comunidades pueden acudir a tribunales antes de que el daño ambiental sea irreversible y la resolución, entonces, podría ser aplicable en casos como mega granjas, desarrollos inmobiliarios, parques industriales, proyectos energéticos o cualquier actividad con impacto relevante. 

Este amparo puede promoverse incluso cuando todavía no se pueda demostrar el daño consumado, sino desde que comienzan los cuestionamientos sobre sus impactos. 

Además, la resolución brinda la esperanza de que las comunidades podrán combatir disposiciones legales que regulan actividades productivas de alto impacto ambiental a través de medios jurídicos, ya que reconoce que las personas indígenas poseen el derecho constitucional de exigir una revisión exhaustiva del marco normativo ecológico debido a las severas afectaciones.

Kanan Derechos Humanos, organización no gubernamental que acompaña a las comunidades, señaló que ahora el Juzgado Primero de Distrito en Yucatán deberá regularizar el proceso y emitir una nueva sentencia que reconozca el interés legítimo de los habitantes de Chapab y Kinchil para impugnar dicha norma. 


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