Al otorgar la suspensión definitiva a 16 trabajadoras sexuales del Centro de Mérida ante el acoso que sufren por parte de la policía municipal, una juez determinó que ya no podrán ser detenidas o sancionadas por el solo hecho de dedicarse a la prestación personal de servicios sexuales a cambio de una remuneración, informó Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (Unasse) e Indignación.
“La subjetiva calificación de daño a la dignidad de las personas contenida en la norma impugnada, no puede servir de medida para la restricción del derecho a la libertad de trabajo protegido por el artículo 5º constitucional, basado en la determinación de un estereotipo por la naturaleza sexual del trabajo que se desempeña; pues ello constituye una discriminación evidente basada en una condición social, cuestión prohibida por el artículo 1º constitucional”; argumentó la juez.
Al admitir una demanda de amparo presentada por 16 trabajadoras sexuales por los constantes operativos cometidos en su contra por parte de la policía municipal, la Jueza “decidió conceder una suspensión provisional para el efecto de que no se les detenga ni aplique el artículo 15 fracción VI del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del municipio de Mérida que sanciona el trabajo sexual en las calles”.
El pasado 28 de agosto del presente, indicaron las agrupaciones en un comunicado, se llevó a cabo la Audiencia Incidental en la cual la Juez Tercero de Distrito en el estado Yucatán decidió otorgar la suspensión definitiva de los actos reclamados, para el efecto de que no se les detenga ni aplique el artículo 15 fracción VI del Reglamento de Policía y buen Gobierno del municipio de Mérida que sanciona el trabajo sexual en las calles, en tanto se resuelve el Juicio de Amparo que promovieron 16 mujeres que se dedican al trabajo sexual en el centro de Mérida.
Al argumentar sobre las razones por las cuáles era procedente conceder dicha suspensión, la Juez Tercero afirmó que:
“Hasta este momento no se advierte que esta concesión contravenga disposiciones de orden público o se afecte el interés social, pues, como se ha dicho ya, las peticionarias de amparo acuden a efecto de defender su derecho a un trabajo lícito, el cual desarrollan de forma personal y voluntaria a cambio de una remuneración económica”.
“Nuevamente, hacemos un llamado al gobierno municipal para que investigue y sancione a los policías que han violado los derechos humanos de las trabajadoras sexuales y que se establezcan medidas y mecanismos adecuados junto con quienes ejercen esta labor, para garantizar que este trabajo se realice en condiciones de seguridad para las trabajadoras sexuales”; concluyeron.
Edición: Ana Ordaz
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