La Jornada Maya

Oscar Rodríguez
Foto: Jesús Cámara Ríos
La Jornada Maya

Mérida, Yucatán
Domingo 5 de agosto, 2018

Este lunes se prevé que el fallo emitido por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) sea cumplido por parte del Iepac, el cual establece se le otorgue la constancia de mayoría a la planilla para regidores del PRI, lo que cancela toda posibilidad de elecciones extraordinarias en el municipio de Hoctún, como se había planteando de inicio.

Las decisiones del TEEY han generado inconformidad en algunos actores políticos del estado, tal y como sucedió en Hoctún, donde el recuento de votos ordenado por los magistrados ocasionó el triunfo del PAN por dos votos sobre el PRI, lo que generó que simpatizantes del tricolor se manifestaran en las instalaciones de ese Tribunal este fin de semana.

Los magistrados sesionaron el pasado sábado y validaron los resultados de las elecciones en los municipios de Tunkás, Yobaín, Espita, además de desechar una solicitud de un Procedimiento Especial Sancionador (PES) en contra de la revista Debate por Yucatán, promovido por Movimiento Ciudadano, por supuestas calumnias de ese medio de comunicación en contra del entonces candidato al gobierno del estado, Mauricio Vila Dosal.

Según el proyecto de resolución, se declaró inexistente la infracción denunciada, toda vez que el partido denunciante no ofreció el material probatorio suficiente para cumplir con la obligación legal relativa a la carga de la prueba. Durante la última sesión plenaria del TEEY, los magistrados también atendieron la queja del ciudadano Ángel Alfonso Mex Canul, quien alegó fue desojado de la octava plaza en la planilla a regidores por la vía de representación plurinominal de Hunucmá mediante un presunto documento apócrifo que fue presentado por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) ante el Iepac.

Los magistrados declararon fundado el agravio, toda vez que el actuar de los partidos políticos del Trabajo (PT) y Morena, así como el Iepac, violentaron los principios de legalidad y certeza y no salvaguardaron el derecho de participación del denunciante, pues no se cercioraron plenamente de la autenticidad de la supuesta renuncia que según fue firmada por Mex Canul, por lo que este Tribunal revoca el acuerdo C.G.111/2018, y ordenó que se le restituya la candidatura al quejoso.


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