Susana González G.
Foto: Roberto García Ortiz / Archivo
La Jornada Maya

Ciudad de México
Lunes 26 de junio, 2017

Las aerolíneas que operan en México quedan obligadas a partir de mañana a "publicar a través de medios electrónicos o físicos, en el área de abordaje y en los módulos de atención al pasajero las causas o razones por las que los vuelos se vean demorados y poner a disposición de los consumidores toda la información relativa para la presentación de quejas o denuncias, en cada una de las terminales en donde operen, de conformidad con los lineamientos que establezca la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)".

Así lo informó la Secretaría de Economía (SE) al dar a conocer las modificaciones y adiciones propuestas por el Ejecutivo Federal y aprobadas por el Congreso de La Unión a los artículos 65 Ter y 65 Ter 1 a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) sobre las obligaciones de empresas aéreas, "sin perjuicio de los derechos de los pasajeros establecidos en la Ley de Aviación Civil y en el contrato de transporte de pasajeros a que se refiere dicha ley".

En el artículo 65 Ter 1 se estableció que las disposiciones relativas a derechos de los pasajeros contenidas en la Ley de Aviación Civil, son de obligatorio cumplimiento por parte de los concesionarios o permisionarios que prestan el servicio aéreo en el país, así como de su personal y de las agencias de viaje a cargo de las ventas de pasajes, reservas y chequeo en mostradores.

Así que deberán informar a los consumidores al momento que compren boletos de avión y en los módulos de atención sobre los términos y condiciones del servicio contratado, las políticas de compensación, y del listado de los derechos de los pasajeros contenidos en la Ley de Aviación Civil.

Tales derechos deben ser exhibidos "en los puntos de atención, en los mostradores, en las centrales de reserva; así como también, a bordo de las aeronaves un ejemplar en el bolsillo de cada una de las sillas de pasajeros, o en su defecto incluir información suficiente sobre susderechos en medios impresos con que cuenten abordo".

Además concesionarios y permisionarios deberá publicar los derechos de los pasajeros de forma constante en la página de Internet de la empresa y la agencia de viajes, a través de un vínculo, enlace o ventana especial principal.

El decreto fue firmado desde el 27 de abril pasado en el Congreso de La Unión pero entrara en vigor mañana 27 de junio de 2017.


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