Gustavo Arellano y César Castillo
El tercer tribunal unitario en materia penal con sede en la Ciudad de México desechó el recurso presentado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en contra del cambio de medidas cautelares que permitirían que el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio “Lozoya”, enfrente en libertad su juicio por el caso Agronitrogenados.
El tribunal desechó de plano el recurso presentado por la UIF al considerarlo improcedente.
El tribunal consideró que la unidad dependiente de Hacienda no tiene interés jurídico para promover el amparo, debido a que no hay una trasgresión directa a su patrimonio por el caso que se persigue en la compra chatarra de fertilizantes a Altos Hornos de México.
La UIF aclaró que no promovió el amparo como persona moral, sino como parte ofendida en la causa penal, personalidad que tiene reconocida en este proceso e informó que presentará un recurso de queja en contra del desechamiento del amparo contra la eliminación de la prisión preventiva contra Emilio “L” por el caso de Agronitrogenados.
Señaló que este mismo Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal fue el que la víspera ordenó que se lleve a cabo una nueva audiencia para justificar si el ex director de Pemex permanece en la cárcel por el otro caso en que se le ha involucrado, los millonarios sobornos de Odebreht.
Sobre dicho proceso, se celebra la audiencia este 26 de enero. De no justificar la Fiscalía General de la República la prisión preventiva como medida cautelar contra Emilio "L" por el caso de Odebrecht, el ex director de Pemex estaría de nuevo en libertad.
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El juez Artemio Zúñiga Mendoza será el resolver si es procedente modificar la prisión preventiva, dictada el 10 de noviembre pasado,
En caso de que el juez Zúñiga considere procedente por el caso Odebrecht otorgar prisión domiciliaria o libertad vigilada para el ex funcionario, que enfrenta dos acusaciones por operaciones con recursos de procedencia ilícita, cohecho y asociación delictuosa, podrá llevar sus juicios en libertad.
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En las listas del Consejo de la Judicatura Federal se dio a conocer la resolución que rechaza el amparo solicitado por la UIF.
En la resolución judicial se menciona: “en audiencia de veintiocho de julio de dos mil veinte, en la citada causa y centro de justicia, no genera una transgresión directa al patrimonio de la persona moral ofendida, pues resulta evidente que el imputado sigue sujeto a proceso a través de las medidas cautelares impuestas en la audiencia de veintiocho de julio de dos mil veinte. Además, conforme al numeral 155 del citado código, las medidas cautelares no pueden ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o una sanción penal anticipada”.
La semana pasada un tribunal unitario determinó que se concediera un cambio de medidas cautelares a Lozoya Austin en cuanto al caso Agronitrogenados, y por lo cual la UIF presentó el recurso de amparo buscando que no se hiciera procedente esa resolución.
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