Andrea Becerril y Víctor Ballinas
El Senado de la República aprobó la madrugada del viernes, sin discusión, la minuta que prohíbe y sanciona penalmente las llamadas “terapias de conversión”, con la que se pretende obligar a las personas a cambiar su identidad sexual.
La minuta fue turnada al Ejecutivo federal para su promulgación, con lo que se cerró un proceso legislativo iniciado en 2018 cuando la senadora de Morena Citlalli Hernández Mora presentó, conjuntamente con otras legisladoras, la iniciativa en la materia.
Un grupo de la comunidad LGBTI+ festejó en el área de invitados del recinto senatorial la aprobación de esa reforma, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, cerca ya de las tres de la madrugada.
Discusión en la Cámara de Diputados
En medio de la férrea oposición del PAN, que acusó a Morena de apoyar a una “ideología de género perversa”, la Cámara de Diputados aprobó las reformas que prohíben y sancionan penalmente las llamadas terapias de conversión, por las que se trata de obligar a las personas a cambiar su orientación sexual.
Se trata de una minuta que estuvo congelada en San Lázaro por un año cinco meses y finalmente se avaló con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, pero regresó de nuevo al Senado, ya que los diputados hicieron un cambio a fin de cumplir con una resolución de la Suprema Corte de Justicia.
De todas formas, legisladores e integrantes de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual y queer (LGBTTTI), presentes en el recinto festejaron lo que consideraron un avance en la defensa de sus derechos humanos. “No hay nada que curar, no hay nada que curar”, corearon al final, grito de batalla en contra de las terapias que se han utilizado y que consideran una enfermedad las opciones sexuales diversas.
El cambio a dictamen fue para eliminar del articulo 465 bis del Código Penal Federal que en el caso de médicos, terapeutas y en general quienes impartan esas terapias de reconversión se les cancelaría la cédula profesional, dado que la Suprema Corte prohibió ese tipo de sanciones.
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Edición: Fernando Sierra
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