La Jornada Maya
Foto: Aguakan
Cancún, Quintana Roo
Jueves 28 de junio, 2018
El uso del agua es un tema sensible entre los ciudadanos, algunos se preguntan por qué deben pagarla si es un producto existente de manera natural en nuestro planeta y es un derecho consagrado en la Constitución.
De acuerdo con la gestión jurídica en México, con fundamento en el artículo 4° de la Constitución Política, ésta indica que “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”
En 2010, la ONU reconoció el acceso al agua potable y al saneamiento como un derecho humano y lo fundamentó en elementos clave como la asequibilidad y accesibilidad física.
Al ser un derecho humano, algunos activistas sociales han señalado que debe ser gratuita. Sin embargo, ningún apartado de la resolución de Naciones Unidas lo afirma así. Tanto la ONU como la Unión Europea establecen que el servicio de agua y saneamiento debe ser sostenible económicamente, siendo por tanto necesario que sus costes sean cubiertos en su totalidad por los usuarios.
En Quintana Roo, de acuerdo con el artículo 9° de la Ley de Cuotas y Tarifas para los Servicios Públicos De Agua Potable y Alcantarillado, Tratamiento Y Disposición de Aguas Residuales del Estado, las tarifas y cuotas “deberán ser suficientes para cubrir los costos derivados de la operación, el mantenimiento y la administración de los servicios; la rehabilitación, conservación y el mejoramiento de la infraestructura existente; las inversiones necesarias para la expansión de la infraestructura; la amortización de las inversiones realizadas y los gastos financieros de los pasivos”.
Por disposición del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo, la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) determina las tarifas que los ciudadanos pagan por los servicios mencionados. En la zona norte del estado, donde el organismo operador es la empresa Aguakan, ésta recibe cada mes la información tarifaria proveniente de la CAPA y hace lo propio para enviar a los clientes los respectivos recibos por el consumo de agua.
Históricamente, algunos usuarios han mostrado cierta resistencia para cubrir la cuota por los servicios recibidos de agua potable, drenaje y saneamiento, sin tomar en consideración los factores anteriores como los costos de extracción, potabilización, distribución, recolección y tratamiento, aplicados por igual no sólo en todo el estado de Quintana Roo sino a nivel global en la gestión pública del sector hídrico, con el fin primordial de brindar siempre agua segura en las comunidades.
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