Norma contra sexoservidoras de Mérida, inconstitucional: Tribunal

Reitera que el reglamento es estigmatizador y vulnera el derecho al trabajo
Foto: Rodrigo Díaz Guzmán

Por unanimidad de votos, y al resolver el recurso de revisión 216/2020, el Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimocuarto Circuito, con sede en Mérida, Yucatán, confirmó, mediante resolución de fecha 28 de abril del presente año, que el artículo 15, fracción VI del Reglamento de Policía y Buen Gobierno de la Ciudad de Mérida que sanciona el trabajo sexual en la vía pública, emitido por el Ayuntamiento de esta ciudad, era contrario a los artículos 1 y 5 de la Constitución Federal que establecen el derecho a la no discriminación y al trabajo, respectivamente.

El amparo en cuestión fue presentado por 16 trabajadoras sexuales del centro de la ciudad de Mérida frente a los constantes operativos de la policía municipal de esta ciudad que derivaron en violaciones a sus derechos humanos y que están sustentados en el citado artículo 15 fracción VI del Reglamento de Policía y buen Gobierno del municipio de Mérida que sanciona el trabajo sexual en las calles.

En su momento, la Jueza Tercero de Distrito, al otorgar el amparo a las trabajadoras sexuales, consideró que la fracción VI del artículo 15 del citado Reglamento, que sancionar el trabajo sexual en las calles generaba discriminación en contra de las personas que se dedican a esta labor, violando con ello el derecho a la igualdad de trabajo protegido por el artículo 5 constitucional, razón por la cual, el citado reglamento era inconstitucional y ordenando al Ayuntamiento, al Presidente Municipal, al Secretario de Gobierno municipal y al Director de la Policía de Mérida, que no apliquen la fracción VI del artículo 15 del citado Reglamento municipal a las trabajadoras sexuales, con lo cual éstas podrán realizar su labor sin ningún tipo de restricción por parte de las autoridades municipales.

Frente a esta resolución, las autoridades del Municipio: Ayuntamiento, Presidente Municipal, Secretario y Director de la Policía municipal, presentaron recursos de revisión, impugnando lo señalado por la Jueza. Dichos recursos fueron radicados en el Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa, cuyos magistrados, al resolver las impugnaciones determinaron confirmar los criterios argumentados por la Jueza para declarar inconstitucional la sanción del trabajo sexual en la vía pública.

 

También te puede interesar: Sexoservidoras de Mérida no podrán ser detenidas, juez da fallo definitivo

 

Los magistrados, en su resolución confirmatoria, reiteraron que la fracción VI del artículo 15 del Reglamento municipal, “es una norma estigmatizadora, porque proyecta un mensaje discriminatorio contra cierta categoría de sujetos, en la especie, las personas que se dedican de manera voluntaria a prestar servicios sexuales que la norma impugnada califica como ‘ataque a la dignidad de las personas’, cuando se ejerza o promueva el trabajo sexual en la vía pública, de tal forma que las personas que se dedican a ese trabajo u oficio, resienten una afectación generada por la parte valorativa de la norma”

Esta resolución, además de obligar a las autoridades municipales a desaplicar y excluir de la norma la fracción VI del artículo 15 del Reglamento en beneficio de las trabajadoras que presentaron el amparo, abre el camino para que otras trabajadoras y trabajadores sexuales puedan impugnarlo para garantizar su derecho al trabajo. Pero sobre todo, visibiliza la ausencia de políticas públicas por parte del municipio para abordar el tema del trabajo sexual desde una perspectiva de derechos humanos y en donde en el centro del debate se ponga la dignidad de quienes por diversos motivos, generalmente de índole económico, se tienen que dedicar a esta labor.

En esa lógica, resalta la ausencia de propuestas que sobre el tema del trabajo sexual ha existido por parte de las candidatas y candidatos a la presidencia municipal de Mérida. Esta omisión resulta preocupante y, a la luz de la resolución dictada por el Tribunal Colegiado, pareciera evidenciar el nulo interés de las y los aspirantes por trabajar para y con los grupos sociales en mayor situación de discriminación y exclusión en la ciudad de Mérida.

 

También te puede interesar: El amparo de trabajadoras sexuales no es carta de impunidad: Romero Escalante

 


Edición: Laura Espejo


Lo más reciente

Buque Escuela Cuauhtémoc se alista para zarpar tras reparaciones en Nueva York

El navío sufrió un percance en el puente de Brooklyn que dejó un saldo de dos fellecidos y 20 lesionados

Gustavo Castillo García

Buque Escuela Cuauhtémoc se alista para zarpar tras reparaciones en Nueva York

Científicos crean modelo de inteligencia artificial para predecir enfermedades en pacientes

Delphi-2M parte del historial clínico y pronostica con años de antelación

Afp

Científicos crean modelo de inteligencia artificial para predecir enfermedades en pacientes

Campeche coloca 11 Experiencias Turísticas en Catálogo Mundial de actividades

El objetivo es atraer mayor flujo de visitantes, gracias a la. colectividad de transporte como el Tren Maya

La Jornada

Campeche coloca 11 Experiencias Turísticas en Catálogo Mundial de actividades

Rescate apresurado salva piezas arqueológicas de Gaza antes de un ataque israelí a un almacén

El edificio contenía artículos vinculados a un monasterio bizantino del siglo IV designados como Patrimonio Mundial

Ap

Rescate apresurado salva piezas arqueológicas de Gaza antes de un ataque israelí a un almacén