Argumentos contra estatua de Poseidón tienen antecedente en la SCJN: abogado demandante

El litigante dijo que la acción de la Profepa fue en respuesta al amparo ya admitido
Argumentos contra estatua de Poseidón tienen antecedente en la SCJN: abogado demandante
Foto: Profepa

A pesar de que ha sido motivo de burlas a través de redes sociales, la demanda de amparo contra la estatua de Poseidón en el puerto de Progreso, Yucatán, es un litigio serio, complejo y con el respaldo de dos antecedentes en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aseguró el abogado Carlos Morales Sánchez, encargado de acompañar este proceso jurídico. 

En el marco del Día del Abogado, Morales Sánchez expuso a través del Instituto Iberoamericano en Ciencias Jurídicas y Administrativas, los dos argumentos, conocidos como conceptos de violación en los que se basó la demanda del ciudadano Carlos Orlando Pérez Zaldívar, identificado como persona indígena mayahablante. 




En primer lugar, se reclama la violación al derecho humano al medioambiente porque atenta contra el paisaje natural y porque no existió una Manifestación de Impacto Ambiental previo a la colocación de la estatua de la deidad griega. 

El argumento usado por la asociación civil Litigio Estratégico Indígena, que acompaña esta demanda de amparo, tiene como respaldo la sentencia del caso Laguna del Carpintero, un proceso en contra de la colocación de un parque ecológico en el municipio de Tampico, Tamaulipas, que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) porque vecinas consideraron que se atentó contra el derecho a vivir en un medio ambiente sano. 

Cabe destacar que la ponencia discutida en noviembre de 2018 estuvo a cargo de la ministra Norma Piña, quien ahora es presidenta de la SCJN. 

“Argumentamos que no existía la Manifestación de Impacto Ambiental que autorizara la introducción de un elemento ajeno al mar de progreso como es Poseidón”, detalló Carlos Morales. 

El abogado representante de Litigio Estratégico Indígena expuso que el segundo argumento acusa la violación al derecho humano que tienen las personas indígenas a la preservación de su cultura.

“La instalación como un ente ajeno a la cultura maya viola la preservación de la cultura”. 

En este caso, el equipo de la Asociación Civil usó como precedente el caso Acueducto Independencia, en Sonora, donde se admite que una persona indígena puede promover un juicio de amparo en favor de los derechos colectivos. 

La demanda fue admitida el pasado 9 de julio y a unos días de este proceso, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), clausuró la estatua este 12 de julio. 




El abogado asegura que esta acción de clausura por parte de la dependencia federal es consecuencia del proceso de amparo y que da la razón a los argumentos, pues se informó que no existía Manifestación de Impacto Ambiental. 

Dijo que la demanda continuará su rumbo y las autoridades deberán determinar el procedimiento para quitar o reubicar la estatua. 

“Lo hacemos porque es necesario que la ciudadanía tome control de su destino, que sepa cómo canalizar sus inconformidades frente al gobierno”, declaró en defensa del acompañamiento que realiza la asociación civil en este caso. 


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