Deberá replantear Teqroo proyecto por calumnias electorales

Se pretendía eximir a Laura Beristain y a dirigente de Morena de esta imputación
Foto: Gobierno de Quintana Roo

Dos de los tres magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) votaron en contra del proyecto de su homólogo, Sergio Avilés Demeneghi, quien pretendía eximir a la alcaldesa de Solidaridad, Laura Esther Beristain Navarrete y a los dirigentes de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Mario Delgado Carrillo y Citlali Hernández Mora, así como al partido de incurrir en calumnias electorales en contra del gobernador Carlos Joaquín González. El proyecto deberá ser replanteado por otro magistrado.

Con el voto en contra de la magistrada Claudia Carrillo Gasca y el presidente del Teqroo, Víctor Vivas Vivas, el pleno rechazó el proyecto de resolución presentado sobre el Procedimiento Especial Sancionador PES/073/2021, que pretendía determinar que no había elementos para acreditar la calumnia electoral. Por lo tanto, proponía declararlo inexistente.

“Se propone declarar inexistentes las conductas atribuidas a Laura Esther Beristaín Navarrete en su calidad de candidata a la presidencia municipal de Solidaridad por la coalición ‘Juntos Haremos Historia’, al presidente de Morena Mario Martín Delgado Carrillo, a Citlalli Hernández Mora en su calidad de secretaria general de Morena y al propio partido por la supuesta realización de publicaciones en diversas redes sociales, que según Carlos Joaquín González, constituyen calumnias”, citaba el acuerdo elaborado por Sergio Avilés Demeneghi.

La denuncia fue presentada el pasado 12 de junio por el Ejecutivo del estado, y el 16 de junio la comisión de quejas y denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) decretó medidas cautelares en el supuesto de la existencia de infracciones a disposiciones constitucionales y electorales atribuibles al partido político de Morena, las cuales incluso, se dijo, han sido violentadas.

El magistrado Sergio Avilés Demeneghi refirió que las declaraciones, en las que se señalaba al gobernador de haber ‘robado’ las elecciones locales para la renovación de la presidencia municipal en Solidaridad en agravio de Beristaín Navarrete, se apegan al derecho de la libertad de expresión.

La magistrada Carrillo Gasca argumentó en oposición y sostuvo que no se habían valorado como propaganda política, y que sus declaraciones habían excedido los límites de la libertad de expresión.

“Este derecho tiene límites cuando se trata de un ataque a la moral, a la vida pública o los derechos de terceros, evoque a algún delito o perturbe el orden público, mismos límites que en muchos casos quienes son partícipes de un entorno democrático desconocen y violentan ese lindero, cayendo en una guerra de propaganda, y a ese exceso se conoce como calumnia electoral, que es la acusación de un delito, sin el soporte adecuado”, leyó la magistrada, quien aseguró que está prohibido en la Ley de Procedimientos Electorales.

Al ser rechazado, se determinó que otra ponencia presentará una nueva resolución en próximas fechas.

 

Edición: Laura Espejo


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