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La Jornada
20/05/2025 | Ciudad de México
César Arellano García
Rautel Astudillo García continuará privado de la libertad, luego de que un tribunal colegiado le negó la protección de la justicia federal contra la vinculación a proceso que se dictó en su contra por el delito de desaparición por particulares, relacionado con el feminicidio de la joven Ariadna Fernanda López.
Se trata del caso de la mujer cuyo cuerpo fue descubierto en la carretera La Pera-Cuautla, en Tepoztlán (jurisdicción del estado de Morelos), a principios de noviembre de 2022, y por el cual fueron vinculados a proceso y en prisión preventiva Astudillo García y Vanessa Flores, quienes aparecieron en un video de vigilancia cargando el cuerpo de la occisa en el estacionamiento del edificio de departamentos donde los tres asistieron a una fiesta en la Ciudad de México.
En septiembre de 2023, un juez de control del Reclusorio Norte determinó que los datos de prueba presentados por la Fiscalía General de la República (FGR) eran suficientes para vincularlo a proceso y decretar prisión preventiva justificada.
Astudillo García impugnó y el 25 de enero de 2024 el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal confirmó la resolución.
Sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado en materia Penal en Ciudad de México declaró infundados e inoperantes los agravios del imputado, quien en su demanda afirmó que la vinculación a proceso vulnera diversas garantías, entre ellos, el derecho a que se esclarezcan los hechos, el principio de presunción de inocencia, el deber de valorar correctamente las pruebas y la prohibición de admitir pruebas obtenidas con violación a derechos fundamentales.
Pero el colegiado añadió que el quejoso fue sujeto a dos procesos penales distintos por hechos fácticos, con calificaciones jurídicas distintas, feminicidio, en el ámbito local, y desaparición cometida por particulares, en el federal.
En enero, de 2023, la FGR confirmó que Ariadna Fernanda López Díaz fue asesinada de un golpe en la cabeza y no murió por broncoaspiración, como había señalado en un principio la fiscalía de justicia de Morelos.
Con base en los resultados, la FGR señaló en aquella ocasión que el procedimiento penal por el posible delito de feminicidio debía continuar a cargo de las autoridades locales de la Ciudad de México, toda vez que el homicidio se cometió en esta entidad.
Apuntó que existían también responsabilidades por posibles violaciones al artículo 37 de la Ley General en materia de Desaparición Forzada, que por tratarse de un delito del orden federal sería investigado y judicializado directamente por la FGR.
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Edición: Estefanía Cardeña