Agencia EQR
Foto: Infoqroo
La Jornada Maya

Cancún, Quintana Roo
Lunes 5 de febrero, 2018

La PGR apenas iniciará las indagatorias para definir la posible comisión de delito de parte de Juan Vergara.

Hoy se llevó a cabo la audiencia del exfuncionario, donde el juez brindó un plazo de seis meses –lo mismo que dura el proceso electoral– a los fiscales federales para que lleven a cabo su investigación.

Es decir, ante la falta de elementos de los fiscales de la PGR necesitan un largo plazo de seis meses para encontrar elementos que sustenten la comisión de algún posible delito.

La presunción de inocencia prevalece ante la existencia de un acuerdo de buena fe entre las partes: el Servicio de Administración Tributaria y Juan Vergara.

“Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario” máxima del derecho que garantiza la presunción de inocencia de todo ser humano.

Además de nuestra Constitución política hay instrumentos internacionales que salvaguardan el principio de presunción de inocencia, como: la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

De hecho el nuevo sistema de justicia penal se basa en esta premisa, que busca terminar con las injusticias que se cometían en el aspecto de que el señalado por un delito era culpable hasta que se demostrara lo contrario y se le detenía y encarcelaba desde el inicio de su proceso.

La responsabilidad de la autoridad es no exponer o divulgar los datos personales de los detenidos, en aras de no afectar su reputación. Sin embargo en el caso de Juan Vergara se dio a conocer su función en el gobierno, como secretario de Finanzas, acción que rompe la presunción de inocencia.

Para incriminar a Juan Vergara la PGR manipuló el artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación, que prevé un procedimiento para que las autoridades presuman la inexistencia de las operaciones de los contribuyentes que hayan emitido comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan dichos comprobantes o cuando no se localice al contribuyente.

El tema de Vergara se trata pues de un asunto de impuestos que pretendió “inflarse” para convertirlo en lavado de dinero, un delito que la PGR no pudo acreditar, tan es así que el juez del caso le negó la prisión preventiva para el exsecretario de Finanzas.

Hay que recordar la actuación de la PGR en un caso de Cancún que trascendió a nivel nacional, que fue el aseguramiento de las cajas de First National Security, donde los clientes acusaron maltrato e incluso extorsiones de parte de la dependencia federal.


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