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Matrimonio igualitario: ¿Qué dice el artículo 94 en Yucatán?

Diputados discuten si se cambian los términos para abrir el derecho a todas las personas

Matrimonio igualitario: ¿Qué dice el artículo 94 en Yucatán?
Foto: Astrid Sánchez

Este miércoles 25 de agosto diputados del estado de Yucatán votarán por la reforma que modifica el artículo 94 de la constitución local, que actualmente niega el derecho al matrimonio igualitario.

En su redacción, el apartado establece que el matrimonio es una institución jurídica de un hombre y una mujer, al igual que el concubinato y la petición de activistas pro derechos humanos y de promotores de la reforma es que se sustituyan estos términos por las palabras “dos personas”, con lo cual se abre la posibilidad a la unión civil entre personas del mismo sexo.

 

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El artículo 94 actualmente esta redactado de la siguiente manera:

“La familia es una institución social permanente a la que se reconoce como el fundamento primordial de la sociedad sobre la cual evoluciona el Estado. Es una institución integrada por dos o más personas unidas o emparentadas entre sí, por afinidad, por consanguinidad o por adopción, que como comunidad afectiva y de convivencia, potencia el libre desarrollo de todos sus miembros.

“El matrimonio es una institución por medio del cual se establece la unión jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada. El Estado reconoce que es de vital interés para la sociedad que en la unión de hombre y mujer para la procreación, se establezcan límites en cuanto a la edad y salud física y síquica.

“El concubinato es la unión de un hombre y una mujer, quienes libres de matrimonio, viven como esposos y pueden generar una familia, en los términos que fije la ley.

“El Estado y la ley protegerán la organización y el desarrollo de la familia, así como el respeto a su dignidad e intimidad. Asimismo, regularán el matrimonio, las causas de separación, disolución y sus efectos; así como las condiciones para la constitución del concubinato”.

 

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De aprobarse la reforma que se discute este miércoles en el congreso local, el segundo párrafo quedaría:

“El matrimonio es una institución por medio del cual se establece la unión jurídica de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”... y el resto será discutido por los legisladores para definir si se modifica o se elimina.

El tercer párrafo sería redactado así:

“El concubinato es la unión de dos personas, quienes libres de matrimonio, viven como esposos y pueden generar una familia, en los términos que fije la ley”.

La votación de este miércoles será transparente, lo que significa que la ciudadanía podrá conocer cuál fue la decisión de cada legislador respecto a la aprobación de este derecho.

 

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